Ley de Hacienda del Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 22

TÍTULO SEGUNDO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO II DEL IMPUESTO SOBRE SERVICIOS DE HOSPEDAJE

Artículo 22.- Es objeto del impuesto a que se refiere este Capítulo, la prestación de servicios de hospedaje que realicen las personas a que se refiere el artículo anterior, siempre que los bienes materia de los servicios se encuentren dentro del territorio del Estado de Puebla, independientemente del lugar en que se realice su pago.

Para los efectos de este impuesto se consideran servicios de hospedaje, la prestación de alojamiento o albergue temporal de personas a cambio de un pago dentro de los que quedan comprendidos, entre otros, los servicios prestados por hoteles, moteles, casas de huéspedes, instituciones de enseñanza, campamentos, paraderos de casas rodantes y de tiempo compartido.

No se considerarán servicios gravados por este impuesto los de hospedaje, albergue o alojamiento prestados por hospitales, clínicas, así como los conventos, asilos, seminarios e internados y casas de beneficencia o asistencia social.

Los contribuyentes realizarán el traslado del impuesto en forma expresa y por separado, a las personas a quienes presten los servicios de hospedaje.

Se entenderá que se traslada el impuesto, cuando en el documento que se expida con motivo de la prestación de los servicios de hospedaje, se realice un señalamiento expreso de la cantidad que cobre el sujeto obligado, a la cual le será aplicable la tasa que establezca la Ley de Ingresos del Estado vigente en el ejercicio fiscal que corresponda.

En el caso de que el impuesto no haya sido trasladado en forma expresa y por separado, para determinar su base se considerará que el mismo está incluido en el monto cobrado por los servicios de hospedaje y en consecuencia, la autoridad fiscal procederá a dividir dicho monto entre el 1.02; el resultado obtenido se restará al monto total de la operación, obteniendo el impuesto a cargo.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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