Artículo 115. Son objeto de los derechos contenidos en este Capítulo, la prestación de servicios a contribuyentes que ofrecen las autoridades catastrales.
Artículo 115
CAPÍTULO NOVENO IMPUESTOS ECOLÓGICOS
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: site.legislaturaqueretaro.gob.mx.
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