ARTÍCULO 13. Son sujetos de este impuesto, las personas físicas y morales, que realicen los actos jurídicos que se indican en el artículo siguiente.
Artículo 13
TITULO SEGUNDO · CAPITULO II IMPUESTO SOBRE NEGOCIOS O INSTRUMENTOS JURIDICOS
Última reforma de esta ley incorporada: 30 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.