Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 23

TITULO SEGUNDO · CAPITULO IV DEL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES

ARTÍCULO 23 . El Impuesto se causará, liquidará y pagará aplicando la tasa del tres por ciento sobre la base que señala el artículo anterior

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de enero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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