ARTÍCULO 36 TER. En materia de impuestos ecológicos se entenderá como:
I. Base gravable: Monto gravable sobre el cual se determina el pago del impuesto;
II. Cedula de Operación: Reporte de las emisiones y transferencias de las fuentes fijas de compuestos y gases efecto invernadero. 19
III. Código: Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí.
IV. Emisión: La descarga directa a la atmósfera de toda sustancia o energía incluyendo, pero no limitándose a olores, partículas, vapores, gases o cualquiera de sus combinaciones.
V. Estado: Territorio en el que es aplicable esta Ley y su delimitación territorial conforme a lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí;
VI. Fuentes fijas: Son las fuentes industriales estacionarias que generan emisiones desde puntos estacionarios (por ejemplo, chimeneas o respiraderos);
VII. Ley de Hacienda: Ley de Hacienda para el Estado de San Luis Potosí;
VIII. Objeto: Actividad o cosa que la Ley de Hacienda señala como el motivo del gravamen, de tal manera que se considera como hecho generador del impuesto;
IX. Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental: La Secretaría encargada de la formulación, ejecución y evaluación de la política en materia de conservación ecológica, biodiversidad y protección al medio ambiente en el Estado;
X. Secretaría: La Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, y
XI. Sujeto o sujetos: Las Personas físicas, personas morales, la Federación, el Estado y los Municipios, los organismos descentralizados federales, estatales y municipales, las empresas de participación estatal mayoritaria de carácter federal y estatal, las empresas de participación municipal mayoritaria, los fideicomisos constituidos por dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, por el Estado y por los municipios, así como las personas de derecho público con autonomía derivada de la Constitución Federal o del Estado que conforme a la ley se encuentren ubicadas en las hipótesis normativas como obligadas al pago de contribuciones.
SECCIÓN SEGUNDA
IMPUESTO POR LA EMISIÓN DE GASES CONTAMINANTES
A LA ATMÓSFERA