Ley de Hacienda del Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 10

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 10. La Secretaría podrá ordenar el ejercicio de sus facultades de comprobación para constatar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en esta Ley, sujetándose a las prevenciones relativas en el Código Fiscal del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de agosto de 2019. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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