Código Fiscal del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 101

TITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES · CAPITULO II DE LOS DELITOS FISCALES

ARTICULO 101.- Para que proceda la condena condicional cuando se incurra en delitos fiscales, además de los requisitos señalados en el Código Penal vigente en el Estado, será necesario comprobar que el interés fiscal está satisfecho o garantizado.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de diciembre de 2005. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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