ARTÍCULO 109.- Se impondrá sanción de 3 a 6 años de prisión a quien:
I.- Altere en cualquier forma calcomanías, licencias, permisos, autorizaciones, formas valoradas o numeradas, hologramas, placas o tarjetas de circulación.
II.- Use documentos falsos para solicitar la expedición de licencias, permisos, autorizaciones, hologramas, placas o tarjetas de circulación.