Ley de la Hacienda Pública del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 26

TITULO TERCERO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL ESTADO · CAPITULO PRIMERO DE LA FORMULACION DEL PRESUPUESTO

Artículo 26.- El Presupuesto de Egresos del Estado se formulará de acuerdo a programas que tengan claramente definidos objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución, teniendo como referencia principal el Plan Estatal de Desarrollo o acciones prioritarias emergentes instruídas por el Titular del Ejecutivo. El Presupuesto se elaborará para cada ejercicio fiscal y estará soportado por los Ingresos Federal y Estatal correspondientes y en su caso, adicionalmente con créditos o empréstitos, en los términos del Artículo 101 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

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