Ley de la Hacienda Pública del Estado de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 3

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3.- La presente Ley es de orden público y será interpretada administrativamente por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría, teniendo la facultad en el ejercicio de dicha interpretación de emitir criterios basados en las disposiciones aplicables que serán de observancia general.

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: normas.cndh.org.mx.

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