Código Financiero para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 131

TÍTULO PRIMERO DE LOS IMPUESTOS · CAPÍTULO CUARTO DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN

Artículo 131. Las autoridades fiscales estarán facultadas para solicitar y requerir a los contribuyentes sujetos de este Impuesto, que acrediten y realicen el pago correspondiente.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de junio de 2006. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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