Código Financiero para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 244

TÍTULO CUARTO DE LOS SERVICIOS DE TESORERÍA · CAPÍTULO CUARTO DE LAS GARANTÍAS A FAVOR O A

Artículo 244. Tratándose de créditos fiscales a cargo de contribuyentes sujetos a control presupuestal y de adeudos a favor del gobierno estatal distintos de contribuciones y sus accesorios, se dispensará el otorgamiento de garantía observando lo dispuesto en el Libro Segundo de éste Código y en el Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de junio de 2006. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.