Artículo 19.- Este impuesto se determinará aplicando a la base, la tasa del 3%. Artículo reformado D.O. 26-12-2025 Sección Quinta De la Causación, Época y Lugar de Pago
Artículo 19
TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 26 de diciembre de 2025. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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