Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 97

TÍTULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPÍTULO TERCERO Servicios de la Secretaría de Finanzas

ARTÍCULO 97. Para el pago de los derechos que se originen con la aplicación de la Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado, los municipios de la Entidad quedarán integrados en tres regiones.

I. Grupo A: Calera, Río Grande, Jerez, Guadalupe, Fresnillo, Zacatecas, Juchipila, Tlaltenango de Sánchez Román, Jalpa, Ojocaliente, Nochistlán de Mejía, Loreto y Sombrerete.

Grupo B: Villanueva, Valparaíso, Miguel Auza, Juan Aldama, Villa de Cos, Tabasco, Apozol, Tepechitlán, Tepetongo, Saín Alto, Luis Moya y Morelos.

Grupo C: Pánuco, Mezquital del Oro, Vetagrande, Apulco, Jiménez del Téul, Momax, Atolinga, Huanusco, Benito Juárez, Moyahua de Estrada, General Enrique Estrada, Teúl de González Ortega, Monte Escobedo, Chalchihuites, General Francisco R. Murguía, Cuauhtémoc, Cañitas de Felipe Pescador, Concepción del Oro, Villa García, Villa González Ortega, General Pánfilo Natera, Pinos, Villa Hidalgo, Trinidad García de la Cadena, El Salvador, Noria de Ángeles, Susticacán, Mazapil, General Joaquín Amaro, Melchor Ocampo, Genaro Codina, Trancoso y Santa María de la Paz.

II. Las verificaciones a los establecimientos que lleve a cabo el Estado, se causarán de acuerdo al grupo al que pertenezca el municipio donde se ubique el domicilio del establecimiento, de acuerdo a los importes siguientes:

Grupo A B C

$373.00 $299.00 $224.00

III. La anuencia que expida el Estado se tasará de acuerdo con los importes siguientes:

IV. Los derechos relativos a las licencias, originarán el pago de los importes siguientes:

Grupo A B C

Expedición de licencia.………… $112,791.00 $84,369.00 $56,769.00

Renovación.……………………… $6,341.00 $4,402.00 $2,910.00

Transferencia.…………………… $15,516.00 $9,698.00 $3,879.00

Cambio de Giro.………………… $15,516.00 $9,698.00 $3,879.00

Grupo A B C

$522.00 $448.00 $373.00 48 Decreto de Creación No. 109, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016. Última reforma:20 de diciembre de 2017.

Cambio de Domicilio….……….. $15,516.00 $9,698.00 $3,879.00

Los Derechos derivados por Permisos Eventuales en los tres grupos tendrán un costo de $1,353.00, más $473.00 por cada día.

A. Tratándose de Centro Nocturno o Cabaret.

Grupo A B C

Expedición de licencia……..... $149,194.00 $111,895.00 $74,970.00

Renovación….…………………. $8,355.00 $5,819.00 $3,804.00

Transferencia.……………....... $20,514.00 $12,832.00 $5,148.00

Cambio de Giro.………………. $20,514.00 $12,832.00 $5,148.00

Cambio de Domicilio.……...... $20,514.00 $12,832.00 $5,148.00

B. Del alcohol etílico

Grupo A B C

Expedición de licencia……. $56,769.00 $42,222.00 $27,676.00

Renovación………………….. $6,341.00 $4,402.00 $2,910.00

Transferencia……………….. $8,729.00 $5,819.00 $2,910.00

Cambio de Giro…………….. $8,729.00 $5,819.00 $2,910.00

Cambio de Domicilio……… $8,729.00 $5,819.00 $2,910.00

V. Los derechos a que se refiere este artículo, cuando se aludan a establecimientos o locales en los que se expendan bebidas alcohólicas para su consumo dentro de los mismos, se incrementará un 10%.

VI. De los permisos eventuales en el marco de la celebración de la Feria Nacional de Zacatecas, a que se refiere el artículo 30 de la Ley sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado, tendrá el costo siguiente:

Cantina o bar…………………………………………………........... $14,919.00 49 Decreto de Creación No. 109, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2016. Última reforma:20 de diciembre de 2017.

Centro nocturno……………………………………………….......... $22,379.00

Cervecería……………………………………………………............. $14,919.00

Centro botanero..………………………………………………........ $22,379.00

Merendero.……………………………………………………........... $22,379.00

Discoteca.…………………………………………………................ $74,597.00

Restaurante………………………………………………….…......... $37,298.00

Salón o Finca para baile.…………………………………………… $22,379.00

Cenaduría...………………………………………….…………......... $7,461.00

Depósito..……………………………………….……………............ $14,919.00

Licorería..………………………………………….…………............ $14,919.00

C. Tratándose de venta única de cerveza y/o bebidas refrescantes, cuya graduación no exceda de 10º G.L.:

Grupo A, B, C

Expedición de licencia.………………………………………….. $2,910.00

Renovación.………………………………………………………… $1,941.00

Transferencia.……………………………………………………… $2,910.00

Cambio de giro…...………………………………….................. $2,910.00

Cambio de domicilio………..………………………................. $970.00

Los Permisos Eventuales en los tres grupos tendrán un costo de $970.00, más $75.00 por cada día adicional.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: sefin.zacatecas.gob.mx.

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