Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 25

TITULO SEGUNDO · CAPITULO I DEL IMPUESTO PREDIAL

ARTICULO 25. Es objeto de este impuesto la adquisición que se realice por cualquier título, de bienes inmuebles y las construcciones adheridas a ellos ubicados en el territorio de los municipios del Estado, así como los derechos relacionados con los mismos.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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