Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 62

TITULO TERCERO DE LOS DERECHOS · CAPITULO II DE LOS DERECHOS EN PARTICULAR

ARTICULO 62. Los servicios de tránsito y seguridad consisten en el uso de grúas y otros vehículos oficiales, así como estacionamientos, pensiones y corralones propiedad de la autoridad municipal, o de particulares con autorización o concesión otorgada por aquélla, así como el empleo de personal de las corporaciones policiacas y de tránsito para servicios de seguridad y vialidad en eventos privados con fines de lucro.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de marzo de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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