Ley de Justicia Cívica del Estado y Municipios de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 37

TÍTULO TERCERO DE LOS DERECHOS DE LAS Y LOS QUEJOSOS Y

ARTÍCULO 37. El procedimiento ante los Juzgados Cívicos se sustanciará bajo los principios de oralidad, publicidad, concentración, contradicción, inmediación, presunción de inocencia, continuidad y economía procesal.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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