Artículo 65. Las invitaciones que se envíen para participar en un procedimiento de mediación o conciliación, ya sea ante el Centro Estatal o ante un Centro público o privado deberán contener:
I. Nombre y domicilio del invitado;
II. Nombre del solicitante;
III. Indicación del día, hora y lugar para que se le proporcione informes acerca de los procedimientos de mediación y conciliación;
IV. Nombre del Facilitador institucional que conoce del procedimiento;
V. Fecha de la invitación; 25
VI. Dirección, teléfono y horario del Centro;
VII. Explicación breve de la naturaleza, ventajas, bondades y principios del procedimiento de Mediación o Conciliación elegido por el solicitante;
VIII. Síntesis de los hechos que motivan la solicitud;
IX. Nombre del mecanismo alternativo seleccionado por el solicitante, y
X. Nombre y firma del funcionario que la expide.