Artículo 114. Información. La información y registros generados en relación con la atención médica prehospitalaria estarán disponibles en el SIGECH, garantizando la protección de la información que corresponda, en términos de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley de Protección de Datos Personales, ambas del Estado de Chihuahua.
10. Control de vehículos.