Artículo 36. Conformación. Son integrantes del Sistema Estatal:
I. Quien ocupe la Gubernatura del Estado.
II. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría General de Gobierno.
III. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
IV. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría de Seguridad Pública.
V. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.
VI. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría de Hacienda.
VII. Quien ocupe la Titularidad de la Secretaría de Salud.
VIII. Los Municipios, mediante la representación por zonas, en los términos de este artículo.
IX. Una representación de las Zonas Metropolitanas, a través de sus Institutos de Planeación.
X. Una representación de los Consejos Consultivos de Vialidad y/o movilidad municipales.
XI. Siete representantes de las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la materia. Para la reunión de instalación del Sistema Estatal, se invitará a una persona representante nombrada por cada uno de los Municipios de la Entidad, que será la responsable de la operación del tema de movilidad y seguridad vial en el municipio. Para las reuniones subsecuentes y para la integración del Sistema Estatal, se estará a la siguiente organización:
I. La persona designada para la representación de Municipios Zona Norte, con sede en Juárez, y comprende el Distrito Judicial Bravos.
II. La persona designada para la representación de Municipios Zona Centro, con sede en Chihuahua, y comprende los Distritos Judiciales Morelos, Abraham González, Camargo y Manuel Ojinaga.
III. La persona designada para la representación de Municipios Zona Sur, con sede Hidalgo del Parral, y comprende los Distritos Judiciales Hidalgo, Jiménez, Andrés del Río y Mina.
IV. La persona designada para la representación de Municipios Zona Occidente, con sede en Cuauhtémoc, y comprende los Distritos Judiciales Benito Juárez, Rayón, Arteaga y Guerrero.
V. La persona designada para la representación de Municipios Zona Noroeste, con sede en Nuevo Casas Grandes, y comprende el Distrito Judicial Galeana. El Sistema Estatal podrá convocar como invitadas a las autoridades federales que considere pertinentes, así como a representantes del Poder Legislativo, los sectores público, privado, organizaciones especializadas en el enfoque con perspectiva de género, sociales, de escuelas de educación superior y de investigación, cuando el despacho de los asuntos tenga implicaciones técnicas o se aborden temas relacionados con el ámbito de su competencia. Por lo que respecta a la participación de las instituciones académicas, estas se integrarán al Sistema Estatal cuando se soliciten dictámenes de factibilidad previstos por el artículo 88 de esta Ley.