Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 1

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1. La presente Ley es de orden público e interés social, su observancia y aplicación es de carácter general, obligatorio y tiene por objeto establecer las bases y directrices para planificar, ordenar, regular, administrar y gestionar la movilidad de las personas y del transporte de bienes dentro de las vías públicas urbanas y metropolitanas del Estado de Coahuila de Zaragoza, a fin de facilitar la movilidad, la accesibilidad, el respeto al medio ambiente y contribuir a la cohesión de la red de transporte público en todas sus modalidades que operan en dicho ámbito.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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