ARTÍCULO 214. Todo ciclista deberá respetar las normas de tránsito y vialidad, aun cuando circulen como contingente, pelotón o grupo de ciclistas, por lo que deberán respetar especialmente en todo momento las señales de los semáforos o de alto.
Se exceptúa de lo anterior aquellos eventos deportivos o rodadas que previamente cuenten con la anuencia de las autoridades competentes, siempre y cuando éstas intervengan en la vigilancia de dicho evento.