Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 325

TÍTULO OCTAVO DEL REGISTRO PÚBLICO DE TRANSPORTE · CAPÍTULO V

ARTÍCULO 325. Si los errores materiales o de concepto se contienen en el documento relativo al acto a inscribirse y por ello son pasados a los asientos del Registro, la rectificación se llevará a cabo si se presenta el documento correcto.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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