ARTÍCULO 352. La representación legal de la Comisión recaerá en el presidente, quien podrá delegarla en el servidor público que designe. La representación a que se refiere el párrafo que antecede, comprende el ejercicio de todo tipo de acciones y constituye una representación amplísima.
Artículo 352
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO DEL ASEGURAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE VEHÍCULOS ABANDONADOS
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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