Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima · Colima

Artículo 350

TÍTULO VI DE LA POLÍTICA TARIFARIA · CAPÍTULO I DE LOS OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y FACULTADES

Artículo 350. Objetivos de la política tarifaria

1. Para la definición de la política tarifaria para el transporte público en el Estado, deberá buscar la consecución de los siguientes objetivos:

I. Promover la equidad social entre diferentes rutas y servicios con condiciones similares;

II. Minimizar los costos de transferencia entre servicios;

III. Proteger a los grupos más vulnerables;

IV. Mejorar el acceso al sistema a las personas con menores ingresos;

V. Promover el equilibrio en el reparto modal de las ciudades; 230

VI. Promover la integración e intermodalidad de los servicios; y

VII. Promover el uso de la capacidad de los sistemas y servicios públicos.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocol.gob.mx.

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