ARTÍCULO 35. El Sistema Estatal operará con base en los lineamientos que apruebe en su instalación, los cuales deberán al menos cumplir con los siguientes:
En ausencia de la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, la persona Titular de la Subsecretaria de Movilidad y Transportes presidirá las reuniones.
La presidencia del Sistema Estatal por conducto de la Secretaría Técnica convocará, por lo menos, a una reunión ordinaria semestral y se llevarán a cabo las sesiones extraordinarias que se requieran, cuando la naturaleza de algún asunto de su competencia lo exija o a petición fundada de alguna persona integrante del Sistema Estatal.
Las sesiones ordinarias cuando menos, tendrán el propósito de informar, dar seguimiento y evaluar las acciones y medidas implementadas en materia de movilidad y seguridad vial, analizar los datos relativos a la gestión de la seguridad vial, así como la información alusiva a los siniestros de tránsito; y para emitir opiniones, recomendaciones y propuestas de política pública en materia de movilidad y seguridad vial.
Para que el Sistema Estatal pueda sesionar válidamente se requerirá la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes y sus decisiones se tomarán por mayoría simple.
En los casos en los que no sea posible la presencia física de los integrantes del Sistema Estatal en un mismo lugar, las sesiones podrán celebrarse a distancia, mediante el uso de herramientas tecnológicas, de acuerdo a lo establecido en sus lineamientos.
Las personas integrantes del Sistema Estatal tendrán carácter honorífico y deberán designar a una persona suplente, la cual tendrá nivel inmediato inferior, y contará con las mismas atribuciones.
Las personas integrantes provenientes del sector empresarial, la sociedad civil y la academia serán designados por un esquema de convocatoria abierta, bajo el procedimiento que establezcan los lineamientos de operación del Sistema Estatal.
Los integrantes del Sistema Estatal, contarán con derecho a voz y voto; en caso de empate, la persona que ocupa la presidencia, tendrá voto de calidad.
De conformidad con los acuerdos del Sistema Estatal, se podrá invitar a participar a otras personas que se considere necesarias, para consultar y opinar respecto de 26 los asuntos para los que se convoca, para el debido cumplimiento del objeto de la Ley, quienes tendrán solamente derecho a voz.