Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 1

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1o. - El transporte vehicular de personas y bienes, y el uso de las vías públicas de jurisdicción estatal, son de interés social y de orden público y se regirán por esta Ley y demás disposiciones aplicables.

(REFORMADO, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024)

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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