Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero · Guerrero
Artículo 1
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o. - El transporte vehicular de personas y bienes, y el uso de las vías públicas de jurisdicción estatal, son de interés social y de orden público y se regirán por esta Ley y demás disposiciones aplicables.
(REFORMADO, P.O. 13 DE SEPTIEMBRE DE 2024)
Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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