ARTICULO 48. - El servicio de transporte de materiales para construcción comprende el acarreo desde los centros de producción o distribución de piedra, arena, confitillo, grava, tabique, teja, cemento, varilla y demás materiales en bruto elaborados que se usen en el ramo de la construcción. 20
El servicio de transporte rural de productos del campo comprende su acarreo de los ejidos y comunidades a los centros de consumo para su comercialización.
La Comisión Técnica de Transporte y Vialidad cuidará, regulando el peso, las tolerancias, y las demás características que deban reunir los vehículos que presten el servicio, que no se deterioren los caminos, puentes y demás vías públicas.