Ley de Transporte y Vialidad del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 97

CAPITULO IX DEL REGISTRO

ARTICULO 97. - El Reglamento respectivo establecerá las normas que rijan el tránsito y transporte de personas y de objetos en las vías públicas que no sean de competencia federal y se encuentren comprendidas en los límites del Estado de

Guerrero.

Última reforma de esta ley incorporada: 13 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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