Ley de Movilidad del Estado de Guanajuato y sus Municipios · Guanajuato

Artículo 210

TÍTULO SÉPTIMO SERVICIOS PÚBLICO Y ESPECIAL DE TRANSPORTE

Artículo 210. El procedimiento para obtener el permiso del servicio especial de transporte ejecutivo, se llevará a cabo de la siguiente manera:

I. El interesado en la prestación del servicio presentará una propuesta que contenga las características de operación del mismo, cantidad y características técnicas de los vehículos, de organización, la información relativa a la o las plataformas tecnológicas en las cuales se establecerá el mecanismo de contratación y gestión del servicio de conformidad con las características que se establezcan en el reglamento de la Ley;

II. La unidad administrativa de transporte determinará sobre la necesidad del servicio, mediante el estudio técnico que se efectúe con base en los datos de que disponga; y

Fracción reformada P.O. 21-09-2018

III. En caso de ser procedente la emisión del permiso, el solicitante cubrirá los derechos fiscales correspondientes, así como los requisitos siguientes: a) Licencia tipo “B”; y b) Vehículo tipo sedán o superior, con cuatro o cinco puertas.

El vehículo en el que se prestara el servicio especial de transporte ejecutivo, deberá contar con aire acondicionado, frenos antibloqueo, cinturón de seguridad para todos los pasajeros y bolsas de aire.

Los anteriores requisitos se cubrirán de conformidad con el reglamento de la presente Ley.

Dichos permisos se expedirán hasta por cuatro años, pudiendo ser renovados de conformidad con la necesidad y el resultado de la evaluación del servicio en los términos que establezca esta Ley y su reglamento. La unidad administrativa de transporte emitirá los permisos individualizados para cada unidad de conformidad con lo señalado en el reglamento de la Ley.

Párrafo reformado P.O. 21-09-2018

El procedimiento para obtener el permiso para las demás modalidades del servicio especial de transporte, se establecerá en el reglamento de la Ley.

Permiso de depósito de vehículos

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: finanzas.guanajuato.gob.mx.

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