Artículo 256. Serán causas de remisión de vehículos al depósito, las determinadas por el reglamento de la materia.
Procedimiento para conductores en estado inconveniente
TÍTULO NOVENO
Artículo 256. Serán causas de remisión de vehículos al depósito, las determinadas por el reglamento de la materia.
Procedimiento para conductores en estado inconveniente
Última reforma de esta ley incorporada: 4 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: finanzas.guanajuato.gob.mx.
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