Artículo 119 . El Reglamento respectivo establecerá los demás casos en que la Autoridad Competente podrá negar el otorgamiento, el canje, la renovación, el resello o la reposición del Tarjetón; y en su caso, la revocación y cancelación del mismo.
Artículo 119
TITULO QUINTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE · CAPITULO XI
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.