Artículo 303. Por el incumplimiento en las medidas de mitigación, la Secretaría podr á́ sancionar a las personas sujetas a dicha obligación con una multa, y en caso de continuar con la inobservancia o falta de atención de las medidas de mitigación durante la realización de la obra procederá la clausura de la misma.
Artículo 303
TITULO SÉPTIMO DE LA VIGILANCIA, SUPERVISIÓN, MEDIDAS CAUTELARES, QUEJAS Y SANCIONES · CAPITULO V DE LA INSPECCIÓN, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES DERIVADAS DEL ESTUDIO Y LA
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de abril de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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