Artículo 240. Transporte Escolar. 1. Las características y condiciones técnico-operativas para obtener y mantener el permiso para prestar servicios públicos de transporte escolar, se establecerán en la presente Ley, su reglamento y normas técnicas aplicables en la materia.
Artículo 240
TÍTULO DÉCIMO
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2023. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.