Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 13

TÍTULO SEGUNDO DE LA MOVILIDAD Y LA SEGURIDAD VIAL · CAPÍTULO III DEL DERECHO A LA CIUDAD

Artículo 13. Las políticas y programas que deriven de esta Ley, en relación al Derecho a la Ciudad deberán:

I. Fomentar la distribución equitativa del espacio público de vialidades que permita la máxima armonía entre los diferentes tipos de usuarios, prevaleciendo el interés general sobre el particular;

II. Incrementar la oferta de opciones de servicios y modos de transporte integrados, a los diferentes grupos de usuarios, que proporcionen disponibilidad, velocidad, densidad y accesibilidad universal, que permitan reducir la dependencia del uso del vehículo particular;

III. Fomentar el diseño del desarrollo urbano, orientado a la conectividad de servicios y equipamientos, además de garantizar la movilidad, a través de modos sustentables, que permitan el acceso a los derechos y servicios de la ciudad;

IV. Asegurar la accesibilidad universal y libre circulación de todas las personas, facilitando la conexión entre el lugar de vivienda, el empleo y demás satisfactores urbanos, tendientes a disminuir la distancia y frecuencia de los traslados, promoviendo espacios públicos que sirvan como transición y conexión entre centros de población y que fomenten la pluralidad y la cohesión social; y,

V. Establecer lineamientos para que el diseño y traza de vialidades en los centros de población, fomenten el derecho a la movilidad y seguridad vial, de acuerdo a las características geográficas y culturales de cada región.

Las autoridades en el ámbito de sus competencias, deberán proteger y promover la progresividad del espacio público, para lo cual deberán crear condiciones de habitabilidad de los espacios públicos como elementos fundamentales para el ejercicio del derecho a una vida sana, la convivencia, recreación y seguridad ciudadana.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de agosto de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: so.secoem.michoacan.gob.mx.

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