Artículo 5. Las Secretarías, Dependencias y Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal y Municipal cuyas atribuciones se relacionen con el desarrollo urbano, obras públicas, el medio ambiente, la seguridad pública, mujeres, la salud y hacienda, actuarán como autoridades coadyuvantes y deberán coordinarse con la Coordinación General para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley.
Artículo 5
TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO II
Última reforma de esta ley incorporada: 23 de abril de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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