Artículo 175 . Concluido el plazo de vigencia del permiso del STDE, su titular tendrá derecho a su renovación incluso en grado preferente respecto a los nuevos solicitantes siempre que haya cumplido con sus obligaciones en calidad de permisionario, dicha renovación será tramitada, previamente a su vencimiento, por los interesados en la forma y términos que se establece en el permiso, en esta Ley y su Reglamento.
SECCIÓN SEGUNDA PERMISOS DE TRANSPORTE DE CARGA Y DEL SETIAP.