Ley de Movilidad para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 61

TÍTULO QUINTO REGLAS GENERALES DEL TRANSPORTE · CAPÍTULO I REGLAS GENERALES

Artículo 61. En la proyección de programas, procedimientos de otorgamiento de concesiones y autorización de permisos especiales para solventar las necesidades de transporte, deberá darse preferencia a las modalidades que representen mayor capacidad de traslado de usuarios, menor costo y protección del medio ambiente.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: oaxaca.gob.mx.

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