Artículo 182. El procedimiento de aplicación de sanción por la violación a las disposiciones de la presente ley y sus normas reglamentarias se desarrollará conforme a lo dispuesto por la ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro.
Artículo 182
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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