ARTICULO 83. Si el conductor no se encuentra en el vehículo en que se cometió la infracción, se fijará la boleta de infracción y sanción en el parabrisas del vehículo.
Artículo 83
TITULO NOVENO DE LAS MEDIDAS PARA LA PROTECCION ECOLOGICA 40
Última reforma de esta ley incorporada: 30 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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