ARTICULO 85. Los responsables por la comisión de las infracciones y, por tanto, acreedores a las sanciones a que se refiere este capítulo son:
I. Los conductores, y
II. Los propietarios de los vehículos.
TITULO DECIMO DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES, Y DE LAS
ARTICULO 85. Los responsables por la comisión de las infracciones y, por tanto, acreedores a las sanciones a que se refiere este capítulo son:
I. Los conductores, y
II. Los propietarios de los vehículos.
Última reforma de esta ley incorporada: 30 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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