Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 136

TÍTULO SÉPTIMO DISPOSICIONES COMUNES PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE · CAPÍTULO I Itinerarios, rutas, horarios y sistema tarifario

Artículo 136.- El Sistema Tarifario es el mecanismo de financiamiento del servicio de transporte público en sus diferentes modalidades, que se conforma con los ingresos provenientes de los pagos realizados por los usuarios en los 52 términos señalados por esta Ley y su Reglamento, y por medio del cual se contribuye al sostenimiento económico del transporte público en el Estado, procurando que a través de ello los usuarios puedan recibir el servicio de acuerdo con los estándares de calidad y equidad en el precio señalados en este ordenamiento.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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