Artículo 89. La Secretaría tomará las decisiones en materia de soluciones integrales de movilidad, en especial, aquéllas que deriven en la construcción, modificación o adecuación de la infraestructura vial.
Las decisiones que deriven en la implementación de sistemas de transporte público masivos, así como las diferentes modalidades de transporte público y sus servicios auxiliares, se tomaran en coordinación con la Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Transporte Público.