Artículo 22. El cambio climático se refiere a la variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y se suma a la variabilidad natural del clima observada durante períodos de tiempo comparables, en términos de la Ley General de Cambio Climático y la Ley de Cambio Climático para el Estado de Tlaxcala.
Artículo 22
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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