Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 66

TÍTULO CUARTO PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EDUCACIÓN PARA LA MOVILIDAD

Artículo 66. Objetivo de la educación en materia de movilidad y seguridad vial

La educación en materia de movilidad y seguridad vial tiene como objetivo transmitir una serie de conocimientos que todas las personas usuarias de la vía 36 deben incorporar al momento de transitar por esta, la cual deberá ser con perspectiva interseccional.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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