Ley de Transporte, Tránsito y Vialidad del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 101

TÍTULO TERCERO DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE · CAPÍTULO IV Del Consejo Estatal

ARTÍCULO 101.- El Consejo Estatal tomará sus decisiones por mayoría simple y ellas tendrán el carácter de opiniones o dictámenes, sin que tengan carácter de obligatorias.

Última reforma de esta ley incorporada: 4 de octubre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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