Ley del Notariado del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 93

TITULO CUARTO DE LAS ESCRITURAS, ACTAS Y TESTIMONIOS · CAPITULO I DE LAS ESCRITURAS

ARTICULO 93. Acta notarial es el instrumento original en que el notario hace constar bajo su fe, uno o varios hechos jurídicos que éste asienta en su protocolo a solicitud de parte interesada, y que autoriza mediante su firma y sello.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.