Artículo 165. Cómputo de la duración del internamiento
Al ejecutar una medida de sanción de internamiento se deberá computar el período de internamiento preventivo al que hubiere sido sometido la persona adolescente.
TÍTULO VII MEDIDAS DE SANCIÓN · CAPÍTULO III MEDIDAS DE SANCIÓN PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD
Artículo 165. Cómputo de la duración del internamiento
Al ejecutar una medida de sanción de internamiento se deberá computar el período de internamiento preventivo al que hubiere sido sometido la persona adolescente.
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de diciembre de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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