Ley Orgánica de la Administración Pública Federal · Federal

Artículo 24

TITULO SEGUNDO De la Administración Pública Centralizada · CAPITULO I De las Secretarías de Estado

Artículo 24. En casos extraordinarios o cuando exista duda sobre la competencia de alguna Secretaría de Estado para conocer de un asunto determinado, el presidente de la República resolverá, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a qué dependencia corresponde el despacho del mismo.

Artículo reformado DOF 09-04-2012

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.

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