Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 75

TITULO QUINTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES · CAPITULO PRIMERO De los Servicios y Funciones Públicas Municipales

Artículo 75.- Son funciones públicas que le corresponden al municipio ejercer de manera exclusiva:

I. La Seguridad Pública y Tránsito Municipal; y

II. La recaudación de ingresos municipales.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.